El contrato de compraventa se define según el Código Civil como la obligación del vendedor a entregaruna cosa determinada y la obligación del comprador a pagar por ello un precio cierto, en dinero o signo que lo represente.
El Código de Comercio dice que será mercantil la compraventa de cosas muebles para revenderlas, bien en la misma forma en que se compraron o bien en otra diferente, con ánimo de lucrarse de la reventa.
A continuación se muestran dos enlaces a la normativa que rige los contratos de compraventa: